14 Oct NUEVA PRORROGA DE LOS ERTES HASTA FEBRERO DE 2022
Si hay algo que podemos definir como peculiar, es el contexto definido en el ámbito empresarial desde que a principios del año pasado se declarara la situación de emergencia sanitaria.
Pocos, o casi ningunos, eran los que contemplaban en ni tan siquiera remota, la posibilidad de que ocurriera un acontecimiento el cual, paralizase la actividad del mundo.
Sin embargo, esto ha hecho que aprendamos, a marchas forzadas, a convivir con un alto grado de incertidumbre. Los planes a futuros, al menos en aspectos laborales, se antojan bastante difusos.
Pues bien, un paso más en esa ardua tarea de definir esos ‘futuros’ planes es la aprobación del Real Decreto-ley 18/2021, de 28 de septiembre, de medidas urgentes para la protección del empleo, la recuperación económica y la mejora del mercado de trabajo.
Este Real Decreto tiene como fundamento de existencia la aprobación de la prórroga de los expedientes de regulación temporal de empleo vigentes a fecha de 30 de septiembre de 2021 en base a lo dispuesto en los artículos 1 y 2 del Real Decreto-ley 11/2021.
La prórroga de los ERTE más allá del 30 de septiembre implica nuevas reglas para los mismos: las modalidades existentes de ERTE se mantienen hasta el 31 de octubre de 2021, y, a partir del 1 de noviembre, aparece una nueva modalidad denominada «ERTE de formación».
El Real Decreto-ley 18/2021 establece la prórroga de los expedientes de regulación temporal de empleo de fuerza mayor por motivos relacionados con la pandemia hasta el 28 de febrero de 2022. No obstante, en esta ocasión, se fija una prórroga en dos fases.
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- Desde el 30/09/2021 al 31/10/2021: renovación automáticamente sin necesidad de hacer ningún trámite y con las mismas condiciones.
- Desde el 01/11/2021 al 28/02/2022: será necesario solicitar una prórroga para obtener exoneraciones en la cotización
Con el fin de permitir una adaptación a las nuevas condiciones, la normativa ha optado también por configurar y estructurar las exoneraciones asociadas a los ERTE en dos fases:
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- Desde el 30/09/2021 al 31/10/2021: los ERTE COVID-19 vigentes a 30 de septiembre de 2021 se mantienen en las mismas condiciones hasta el 31 de octubre de 2021.
- Desde el 01/11/2021 al 28/02/2022: entra en vigor un nuevo esquema de ERTE otorgando mayores exoneraciones a las empresas que realicen acciones formativas a los trabajadores en ERTE, incluyendo la vinculada a la adquisición de competencias digitales.
Sin lugar a dudas, la configuración de esta figura por parte de la Administración, ha permitido descargar de ciertas obligaciones al tejido empresarial. Sin embargo, es necesario contar con el asesoramiento de un profesional para una buena utilización o aplicación de los mismos. Muchas han sido las empresas que han configurado herramientas para paliar los efectos de la crisis sanitaria, Sin embargo, no todas son o han sido conscientes de las limitaciones que obtienen al usarlas.
A modo destacado, la limitación más significativa al configurar un ERTE es la cláusula de salvaguarda del empleo: las empresas que se acojan a las exoneraciones asociadas a los ERTE COVID-19 deberán mantener su plantilla un nuevo PERIODO DE 6 MESES DE DURACIÓN, SUJETO A LAS LIMITACIONES EXISTENTES hasta el momento:
- Límites al reparto de dividendos.
- Transparencia fiscal.
- Imposibilidad de realización de horas extraordinarias y externalizaciones de la actividad.
- Prohibición del despido. Interrupción de los contratos temporales.
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